El Observatorio Hannah Arendt hace del conocimiento de la opinión pública su enérgico rechazo a la Resolución N°008610 del Ministerio del Poder Popular para la Defensa contentiva de las “Normas sobre la actuación de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en funciones de control del orden público, la paz social y la convivencia ciudadana en reuniones públicas y manifestaciones”, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.589 del martes 27 de enero de 2015.Dicha resolución admite el uso de armas de fuego y de productos químicos para reprimir manifestaciones, lo cual está expresamente prohibido en el artículo 68 de la Constitución Nacional. La protesta pacífica es un derecho constitucional garantizado en ese mismo artículo.

El argumento de que el uso de armas letales sólo sería en casos extremos y que la resolución, al normar la actuación de la fuerza armada ante las manifestaciones, evita posibles abusos, es inaceptable. No le corresponde a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana el control de concentraciones públicas, sino a los cuerpos policiales entrenados para ellos. La FANB está entrenada para la confrontación bélica, para matar, y la autorización de usar armas letales para el control de movilizaciones civiles se traduce en una pena de muerte potencial a quien protesta. Recordemos que la pena de muerte está prohibida en Venezuela. La Guardia Nacional, componente militar con responsabilidades en materia de seguridad ciudadana, sólo debería actuar como órgano de apoyo en caso de necesidad.

La historia de las luchas democráticas en Venezuela ha tenido siempre como uno de sus puntos de honor el libre ejercicio del derecho a la protesta, y la condena a larepresión militar de las mismas. A comienzos del año pasado el país fue testigo del trágico resultado de la intervención militar en la represión de movilizaciones pacíficas en distintos estados, con más de 40 muertos y varios cientos de heridos, numerosos estudiantes apresados y torturados. Al vislumbrarse el 2015 como un año difícil para Venezuela, en el que la torpeza en la conducción de los asuntos económicos podría traducirse en un recrudecimiento de la protesta popular ante la carestía  de los alimentos, el desabastecimiento y la inseguridad, la aprobación dela Resolución 8610 es tanto más reprobable, porque habilita el uso de la fuerza militar para reprimir las protestas, en clara violación de los derechos constitucionales.

Es contradictorio y muy deplorable que un régimen que buscó inicialmente su legitimación denunciando, entre otras cosas,el asesinato de centenares de personas a manos de la represión militardel denominado “Caracazo” de febrero de 1989, pretenda ahora legalizar la misma respuesta represiva militar ante protestas futuras. El Observatorio Hannah Arendt reitera una vez más su defensa por los derechos humanos y exige, junto a otras ONGs y distintas expresiones de las fuerzas democráticas de la Nación, la derogación de esta anti constitucional medida. Los derechos humanos son inviolablesy no prescriben, conforme a la Constitución Nacional y los acuerdos internacionales suscritos por la República. En particular, la Declaración Universal de los DerechosHumanos firmado en 1948 por los países integrantes de las Naciones Unidas, expresa como derechos fundamentales, la libertad y el derecho a la vida, los cuales quedan en entredicho con la mencionada resolución.

Por último, hacemos un llamado al gobierno a atender los reclamos masivos por rectificar sus políticas, de manera de ofrecer seguridad y condiciones de vida dignas a los venezolanos y evitar el desborde de la protesta popular.La represión no puede ser la respuesta ante los llamados de atención de la ciudadanía.

En Caracas, el día 3 de febrero de 2015

Guardia