LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

En defensa de la Constitución, la Democracia y el Estado de Derecho

ACUERDO PARA UN PLAN DE EMERGENCIA Y CONFORMACION DE UN GOBIERNO DE EMERGENCIA NACIONAL

CONSIDERANDO

Que en Venezuela enfrentamos una Emergencia Humanitaria Compleja, producto de la gestión del régimen usurpador, corrupto y recientemente declarado narcoterrorista, encabezado por Nicolás Maduro Moros, cuyo único objetivo estratégico es la permanencia y perpetuación en el poder, aún a costa del sufrimiento y hasta la muerte de sus ciudadanos. Por ende, Maduro y su régimen han desatendido la obligación primaria de cualquier gobierno, como lo es la de proteger a su pueblo y garantizarles sus necesidades fundamentales, en términos de seguridad, bienestar y progreso, lo cual se evidencia en un sistema de salud destruido, escasez de alimentos, servicios básicos y medicinas; hasta haber provocado el desplazamiento forzado de 5.5 millones de personas que ven amenazada su vida,

CONSIDERANDO

Que la Comisión presidencial de expertos de la salud ha llevado a cabo un estudio que señala que Venezuela podría convertirse en el país con la mayor cantidad de infectados y decesos de la región a causa del COVID-19, es por ello que urge acceder al financiamiento y ayuda internacional, lo cual es imposible mientras Nicolás Maduro, acusado judicialmente de cargos de narcotráfico y terrorismo, usurpe el poder,

CONSIDERANDO

Que como ya se ha dejado claro en palabras del Presidente (E) Juan Guaidó: “La situación en Venezuela no es una pugna de poder, es un tema humanitario, por ese motivo, comprendiendo la profunda complejidad en nuestro país, manifestamos la disposición y la necesidad de conformar un Gobierno de Emergencia Nacional con todos los sectores políticos y sociales de Venezuela, en aras de implementar un plan de salvación nacional ante la emergencia del COVID-19”,

CONSIDERANDO

Que lo responsable es prepararnos ante la realidad de la crisis humanitaria y de la pandemia para mitigar su impacto, por lo que es urgente e imperativo, en función del Interés Nacional:

a. Instalar un Gobierno de Emergencia Nacional que incluya a todos los sectores políticos y sociales del país. Este Gobierno de emergencia delegaría en el Consejo de Estado las decisiones fundamentales en el manejo del Estado, atención de la emergencia, estabilidad y reconciliación nacional;
b. Abrir un espacio humanitario que permita la entrada inmediata de la ayuda internacional;
c. La aprobación en la Asamblea Nacional de una nueva Ley de garantías, estabilización democrática y reconciliación nacional, enmarcada en el respeto de los Derechos Humanos,
d. Activación del “Plan José María Vargas”, que ya fuera anunciado por el Presidente de la Asamblea Nacional y Presidente (E) de la República, Juan Guaido Márquez, para a través de él alcanzar los siguientes objetivos: La entrada de insumos para nuestros médicos enfermeras y hospitales; La llegada de la ayuda alimentaria y la asignación directa de dinero para que las familias que dependen del día a día puedan permanecer en sus casas, empezando con los sectores más vulnerables; la construcción de pozos subterráneos para abastecer de agua a nuestros hospitales y finalmente, la solicitud de cooperación a los organismos financieros internacionales.

CONSIDERANDO

Que la Constitución del Gobierno de Emergencia Nacional que incluya a todos los sectores políticos y sociales del país y la convocatoria al Consejo de Estado, es una medida de carácter constitucional establecidas en el artículo 251 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que reza:

“El Consejo de Estado es el órgano superior de consulta del Gobierno y de la Administración Pública Nacional. Será de su competencia recomendar políticas de interés nacional en aquellos asuntos a los que el Presidente o Presidenta de la República reconozca de especial trascendencia y requieran de su opinión. La ley respectiva determinará sus funciones y atribuciones”,

CONSIDERANDO

Que la convocatoria y constitución del Consejo de Estado es la formación de un órgano superior de consulta que ayuda a formar criterio antes de la toma de decisiones definitivas, integrados por varias personas naturales o jurídicas con diversos enfoques por área de desempeño que coadyuvará a formular propuestas multidisciplinarias, transdisciplinarias e incluyentes de Estado por el bien de todos los ciudadanos,

CONSIDERANDO

Que es necesario hoy más que nunca, tomar medidas extraordinarias para la atención de la Emergencia Humanitaria Compleja y esta pandemia del COVID-19 que agrava aún más los efectos, hasta el punto de poder generar una catástrofe humanitaria en tres niveles, a saber:

  • El problema de la violación Sistemática de los Derechos Humanos, en todas y cada una de sus generaciones.
  • El Problema de la Democracia en Venezuela, que plantea que sin una transición política a través de unas elecciones libres que permita la salida de Nicolás Maduro de la usurpación del poder, no habrá mejoría en la situación estructural de Venezuela.
  • Venezuela como problema a la Seguridad y Estabilidad regional, tomando en cuenta la Seguridad como un tema “Multidimensional” que comprende no solo la Emergencia Humanitaria Compleja, ni los efectos de una catástrofe humanitaria producto del COVID-19; sino que busca frenar la acción de un régimen que ha sido declarado recientemente como “Narcoterrorista” por el Departamento de Justicia de los Estados Unidos, y que bloquea la Cooperación Humanitaria Internacional;

ACUERDA

PRIMERO. Aprobar la Ejecución de un Plan de Emergencia Nacional (Plan José María Vargas) para la atención de la Emergencia Nacional ocasionada por el Coronavirus (COVID-19), para la inmediata implementación de programas en el área de salud, apoyo social, energía, economía y justicia, bajo los siguientes parámetros:

a) En el área de la salud, la prioridad es salvaguardar a los profesionales de la salud que están arriesgándose para salvar vidas, aunque no cuentan con los insumos necesarios y fortalecer la red hospitalaria, aumentando su capacidad, la dotación de insumos, medicamentos y servicios públicos esenciales como el agua. Uno de los elementos centrales que este plan comprende, es aumentar, en el menor tiempo posible, con la mayor urgencia, la capacidad de camas con sistemas de ventilación mecánica (respiradores) para pacientes con insuficiencia respiratoria aguda.
b) En el área del apoyo social, el plan se orientará a la atención de los grupos más vulnerables de los venezolanos, especialmente aquellos afectados en su calidad de vida por la Emergencia Humanitaria Compleja y el colapso de la economía venezolana, para lo cual se implementará un sistema de transferencias directas.
c) En el área de suministro de combustible, se implementarán medidas que permitan reponer en lo inmediato el suministro de combustible con foco en las áreas prioritarias como la producción de alimentos, vehículos de seguridad y del sector salud, entre otros.
d) En materia económica, se solicitará acceso a financiamiento internacional de naturaleza humanitaria, promoviendo políticas de alivio fiscal y estimulación del crédito.
e) En materia de justicia, es imperativo reorientar la capacidad de los cuerpos de seguridad hacia el apoyo de las acciones técnicas y humanitarias encaminadas a la atención de la pandemia. Asimismo se impone la inmediata liberación de los más de trescientos (300) presos políticos en situaciones de alto riesgo.

SEGUNDO. Aprobar la Conformación de un Gobierno de Emergencia Nacional que incluya a todos los sectores políticos y sociales del país, la Convocatoria al Consejo de Estado previsto en el artículo 251 constitucional, y la ejecución inmediata y urgente del Plan José María Vargas.

TERCERO. Respaldar y participar activamente en la Convocatoria y posterior trabajo del Consejo de Estado previsto en el artículo 251 constitucional como único poder legítimo existente en Venezuela, para que sirva de ente asesor del Gobierno de Emergencia Nacional.

CUARTO. Elaborar y aprobar en el seno de esta Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, una Ley de garantías, estabilización democrática y reconciliación nacional, enmarcada en el respeto a los Derechos Humanos, la cual permita un ambiente de Unidad Nacional que coadyuve los mecanismos de salida de la Crisis.

QUINTO. Enviar el presente acuerdo a todos los Ministerios de Relaciones Exteriores de los Estados que reconocen a esta Asamblea Nacional como único poder legítimo en Venezuela; al Cuerpo Diplomático acreditado en Venezuela y a las diversas Organizaciones Internacionales –tanto globales como regionales- a los fines de solicitar su apoyo para la apertura del Espacio Humanitario que permita la entrada de insumos para nuestros médicos, enfermeras y hospitales, alimentos y demás insumos a favor de nuestra ciudadanía

SEXTO. Dar publicidad al presente acuerdo.

Dado, firmado y sellado en Caracas, sede de la Asamblea Nacional, por decisión de la Junta Directiva, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Reglamento de Interior y de Debates de la Asamblea Nacional, motivado por la usurpación que la dictadura de Nicolás Maduro mantiene sobre las instalaciones del Palacio Legislativo, a los 31 días del mes de marzo de 2020. Años 209 de la Independencia y 161 de la Federación.

JUAN GERARDO GUAIDO MARQUEZ
Presidente de la Asamblea Nacional

JUAN PABLO GUANIPA CARLOS EDUARDO BERRIZBEITIA
Primer Vicepresidente Segundo Vicepresidente

ANGEL PALMIERI BACCHI JOSÉ LUIS CARTAYA
Secretario Subsecretario